Detalles del Artículo
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Título Artículo Formar en Derechos Humanos, imperativo de la educación como derecho en Bogotá, D.C.Artículo de Revista
Parte de Educación y Cultura
N. 91 (Jul.-2011): La convivencia y el entorno escolar
Pagina(s) 21-27
Autor(es) Pacheco , Lucero (Autor)
Idioma Español;
Resumen Los derechos de previsión se refieren a las necesidades (Físicas, Efectivas, emocionales, cognitivas y lingüísticas) cuya provisión debe ser cubierta hasta que niñas y niños se transformen en individuos capaces de asumir su propio cuidado. Los derechos de protección se refieren a la vigilancia y cuidado para evitar situaciones de descuido, maltrato, explotación, que puede afectar la integridad de los menores de edad. Los derechos de participación suponen la consideración del status de los niños. Esto significa que, en la medida de sus posibilidades y respetando el derecho a su propia inmadurez, los niños deben ser partícipes de las decisiones que les afectan, conocer sus derechos y obtener información sobre los asuntos que comparten a su propia identidad. Con metodología y estrategias didácticas apropiadas, los estudiantes irán construyendo, ejerciendo los derechos humanos, hasta apropiarse de todo su espectro.