Teniendo en cuenta la intensa migración actual de diversos grupos culturales a otros Estados, en este artículo defiendo la tesis de que miembros de diferentes culturas con normas y valores antagónicos pueden llegar a acuerdos de convivencia intercultural. Comienzo explicando la concepción política de la justicia de Rawls para indicar que esta postura democrática liberal no puede responder de forma adecuada a los contextos actuales de multiculturalidad. Posteriormente, expongo las propuestas principales de la ética universalista de J. Habermas con el fin de contraponerla a lo que llamo la ¿ética pluralista¿ de J. Dewey y H. Putnam, y justifico por qué las normas, los hechos y los valores son contextuales. Con base en ello, concluyo que es posible establecer acuerdos éticos plurales que pueden variar de una cultura a otra y, no obstante, ser legítimos como normas mínimas de convivencia.