En el marco de la globalización económica y comercial, la normativa de la propiedad intelectual en materia de salud y medicamentos, con respecto a la cual se mueven los intereses de las compañías multinacionales más poderosas del mundo, se ha negociado como si se aplicara a una mercancía cualquiera. Su reglamentación se basa en los acuerdos de libre comercio, multilaterales, en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio, OMC o de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI; plurilaterales, en los Acuerdos de integración (Unión Europea, Comunidad Andina, etc.) o bilaterales, en los TLC realizados entre un país desarrollado y grupos o países individules, como los suscritos con Estados Unidos...