Las normas de la comunidad, encendidas constitucionalmente, deben ser tuteladas y protegidas, en última instancia, por los jueces. Sin embargo, no sólo en esta temática del acceso a la justicia, sino en diversidad de situaciones, los acuerdos establecidos por el constituyente de diferentes formas llegan a veces a vaciarse de contenidos sobre sus mandatos o prohibiciones. Factores externos, como la poca independencia de las instituciones y de las personas encargadas de las mismas, etc., puede que hayan dado como resultado lo que ha sucedido con la amnistía en El Salvador. La amnistía y las ambigüedades que existen, a partir de las interpretaciones gubernamentales, se traduce en una normativa ineficaz de la tutela de los derechos humanos.