Detalles del Artículo
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Título Artículo Juez y siempre juez, no parteArtículo de Revista
Parte de Eca: estudios centroamericanos.
Vol.66.N°725(2011)
Pagina(s) 189-202
Autor(es) Argumedo , José Enrique (Autor)
Idioma Español;
Resumen Introducción: Se debate si es posible que las sentencias pronunciadas por la Sala de lo Constitucional puedan ser objeto de recursos y, si esto fuera así, a qué Tribunal le correspondería conocer de ello. También entra en el debate si, al presentarse una demanda de amparo contra actos de la Corte Suprema de Justicia, pueden los magistrados propietarios de la Sala de lo Constitucional conocer de ella, tomando en cuenta que, a su vez, forman parte del cuerpo colegiado demandado. En el tema, cabe acudir al Derecho Procesal Constitucional, que es “la disciplina jurídica que se ocupa del estudio del conjunto de instrumentos normativos por medio de los cuales pueden resolverse los conflictos relativos de los principios y disposiciones fundamentales y repararse las violaciones a estos”1, así como también al Derecho Constitucional Procesal, que trata de las disposiciones procesales consignadas en la Carta Magna, de lo cual también Fix y Cossio se encargan de aclarar la distinción.